consulta E indica las diferentes partes de la vía
Respuestas a la pregunta
Alguna vez lo han multado por estacionar su carro en un lugar no permitido, en vez de hacerlo en una bahía? O mejor, sabe usted qué es una bahía? En muchas ocasiones, por desconocer las partes que conforman una vía, los conductores violan las leyes de tránsito.
Estas son algunas de las definiciones que el Código Nacional de Tránsito presenta sobre los elementos que conforman la vía: Acera o andén: Es la parte destinada exclusivamente al tránsito de peatones.
Autopista: Vía especialmente diseñada para altas velocidades de operación, con los sentidos de flujo aislado por medio de separador central, sin intersecciones a nivel y con el control total de accesos.
Bahía: Zona de transición entre la calzada y el andén, destinada al estacionamiento provisional de vehículos.
Berma: Parte exterior de la vía, destinada al soporte lateral de la calzada para el tránsito de peatones, semovientes y ocasionalmente al estacionamiento de vehículos de emergencia.
Calzada: Zona normalmente destinada a la circulación de vehículos.
Calle o carrera: Vía urbana de tránsito público, que incluye toda la zona comprendida entre los linderos frontales de propiedad.
Carril: Parte de la calzada destinada al tránsito de una sola fila de vehículos.
Ciclovía: Vía o sección de la calzada reservada para el tránsito de vehículos no automotores, principalmente para las bicicletas, exceptuando los de tracción animal.
Glorieta: Intersección donde no hay cruces a nivel directos, sino maniobras de entrecruces y movimientos alrededor de una isleta o plazoleta central.
Paso a nivel: Intersección a un mismo nivel con una vía férrea.
Paso peatonal a desnivel: Puente o túnel destinado especialmente para que los peatones atraviesen una vía.
Paso peatonal a nivel: Zona de la calzada delimitada por dispositivos y marcas especiales con destino al cruce de peatones.
Separador: Faja que independiza dos calzadas de una vía.
Vía arteria: Vía de un sistema urbano con prelación de circulación de tránsito sobre las demás vías, con excepción de la vía férrea y la autopista.
Vía férrea: Vía diseñada para el tránsito de vehículos sobre rieles, con prelación sobre todas las demás vías del sistema vial.
Vía principal: Es aquella que tiene prelación de tránsito sobre las vías ordinarias.
Vía privada: La que está destinada al uso particular.
Vía ordinaria: Es la vía cuyo tránsito está subordinado a vías principales.