consulta artículo 30 34 y 35 de la constitución
Respuestas a la pregunta
Contestado por
1
Respuesta:
Articulo 30: Quien estuviere privado de la libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por si o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el termino de treinta y seis horas
Articulo 34: Se prohiben las penas de destierro, prision perpetua y confiscacion. No obstante, por senencia judicial, se declarara extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilicito, en perjuicio del tesoro publico o con grave deterioro de la moral social
Articulo 35. Acto legislativo 01 de 1997: La extradicion se podra solicitar, conceder u ofrecer de acuerdo con los tratados publicos y, en su defecto con la ley
paoygilgmailcom:
muchas gracias
Otras preguntas
Matemáticas,
hace 4 meses
Matemáticas,
hace 4 meses
Ciencias Sociales,
hace 4 meses
Matemáticas,
hace 9 meses
Musica,
hace 9 meses
Inglés,
hace 1 año
Castellano,
hace 1 año
Biología,
hace 1 año