Derecho , pregunta formulada por vglendy401, hace 21 horas

conclusión del artículo 35 de la constitución política de Guatemala​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lodge8360
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Respuesta:

libertad de emisión de pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna.

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