con respecto a los pagarés Qué información crees que debe ser consignada en estos
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Estas son las indicaciones esenciales:
La denominación, con la palabra “Pagaré” encabezando el impreso.
El importe de la deuda, con la cantidad expresada en número, letra y unidad monetaria.
El lugar de cobro y la fecha de vencimiento del pagaré.
Identificación del beneficiario. La persona (física o jurídica) a cuya orden se debe proceder al pago, en la fecha y lugar convenido.
La firma y antefirma del deudor, con su sello o razón social.
El lugar y fecha de expedición del documento.
Básicamente, el pagaré se formaliza con dos partes representadas:
El deudor o librado, que es quién emite el documento y se compromete a pagar la suma estipulada. También se denomina tenedor.
El acreedor o librador, que actúa como beneficiario y tiene el poder de cobrar la deuda en la fecha de su vencimiento.