CON LA RELACION DE LAS SIGUIENTES NORMAS USTEDES DEBERAN SEPARAR CADA UNA DE ELLAS EN LOS ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA ADEMAS ESTABLECER QUE TIPO DE APLICACIÓN Y JUICIO SE DA EN CADA NORMA.
35. Artículo 871.- Mientras la herencia permanece indivisa, la obligación de pagar las deudas del causante gravita sobre la masa hereditaria; pero hecha la partición, cada uno de los herederos responde de esas deudas en proporción a su cuota hereditaria
36. Artículo 923.- La propiedad es el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. Debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley
37. Artículo 938.- El propietario de un bien adquiere por accesión lo que se une o adhiere materialmente a él
38. Artículo 950.- La propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante la posesión continua, pacífica y pública como propietario durante diez años
39. Artículo 983.- Por la partición permutan los copropietarios, cediendo cada uno el derecho que tiene sobre los bienes que no se le adjudiquen, a cambio del derecho que le ceden en los que se le adjudican
40. Artículo 998.- Los colindantes deben contribuir a prorrata para la conservación, reparación o reconstrucción de la pared medianera, a no ser que renuncien a la medianería, hagan o no uso de ella.
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Es muy largo y no lo entiendo nada????
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