compromiso sobre la discriminación genetica
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
coronita
Explicación:
En virtud del Título II de la GINA, es ilegal discriminar a empleados o solicitantes de empleo debido a la información genética. El Título II de la GINA prohíbe el uso de información genética al tomar decisiones laborales, impide que los empleadores y otras entidades cubiertas por el Título II (agencias de empleo, organizaciones laborales y programas de capacitación y de pasantías conjuntos de administración laboral, denominados conjuntamente "entidades cubiertas") soliciten, exijan u obtengan información genética, y limita estrictamente la divulgación de información genética.
La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) hace cumplir el Título II de la GINA (manejo de la discriminación genética en el empleo). El Departamento de Trabajo, el Departamento de Salud y Servicios Humanos y el Departamento del Tesoro tienen la responsabilidad de emitir reglamentaciones para el Título I de la GINA, que aborda el uso de información genética en el seguro médico.