Como se integro el Ecuador a los organismos internacionales en la segunda mitad del siglo XX?
Que papel busco cumplir en medio de estos procesos de integracion?
Respuestas a la pregunta
Respuesta: acuerdo con el contexto político, económico y social en medio del cual estas surgen. Se considera que la primera noción de "integración" tiene su origen en lo que se entiende por "sociedad internacional", ya que a partir de que nos reconocemos como entes inmersos en un sistema en el cual compartimos espacio con otros actores, vemos la oportunidad de establecer interacciones al tiempo que empezamos a reconocer nuestras debilidades y amenazas. Hedley Bull (1977) señala que existen tres concepciones de sociedad internacional: la "hobbesiana" donde los Estados son entes individualistas, la "kantiana" donde es posible la cooperación pacífica entre los Estados y la "gramsciana" que contempla a una sociedad internacional donde los conflictos podrán surgir debido a la divergencia de intereses, pero existirán a la vez reglas e instituciones definidas para controlarlos.
Se considera que el precursor del tema de la integración propiamente dicho es David Mitrany (1943), a través de la teoría del Funcionalismo. Esta teoría resalta las funciones que debe cumplir la sociedad internacional para suplir las necesidades de la humanidad cuando estas sobrepasan sus fronteras. Luego de considerar las debilidades de esta teoría, surgió el Neofuncionalismo de la mano de autores como Ernst Haas (1964), Joseph Nye y Robert Keohane (1971, 1977), teoría que considera que la eficiencia de la integración estará más supeditada a la magnitud de los beneficios que reciban los Estados que a los propósitos en sí mismos. El Neofuncionalismo explica la integración haciendo énfasis en el proceso, es decir, en el que haya una integración progresiva, y no en el objetivo de construir una estructura federal o supranacional (Morata, 1999).
Esta teoría resalta la importancia del sector político en el proceso de integración al sostener que es vital la iniciativa y compromiso de los Estados para lograr la consolidación de un proceso que se traduzca en beneficios colectivos reales. La integración regional como proceso es intrínsecamente esporádica y conflictiva,
[...] en el cual, en condiciones democráticas y de representación pluralista, los gobiernos nacionales se ven más imbricados en los asuntos regionales, y terminan resolviendo sus conflictos concediendo más autoridad y mayores facultades a las organizaciones internacionales que ellos mismos han creado (Haas, 1954, 1958).
Para Haas, no es válida la hipótesis de que los países deben integrarse únicamente por las utilidades económicas que obtienen de la misma. Él afirma que el interés por los beneficios económicos no perdura en el tiempo, puesto que no se encuentra fundamentado en compromisos filosóficos e ideológicos. Considera que los procesos políticos construidos en intereses pragmáticos serán procesos frágiles y propensos a reversarse.
Este es el argumento que emplea el autor para explicar, desde su punto de vista, porqué los procesos integracionistas no han prosperado en América Latina, a diferencia de Europa, donde aunque los procesos comenzaron siendo económicos poseían bases ideológicas. Lo observamos desde la creación de la Sociedad de Naciones, posteriormente en La Declaración de Schuman (1950), entre otros momentos históricos.
La herramienta conceptual por excelencia del funcionalismo y posteriormente del neofuncionalismo es el spill-over o derramamiento. Ernst Haas siempre defendió este instrumento puesto que el derrame se refiere a la forma en que la creación y profundización de la integración en un sector económico crearía presiones para una mayor integración económica dentro y más allá de ese sector.
Joao Breda (2004) considera que la contribución decisiva de la teoría neofuncionalista es la conceptualización de la lógica de integración que, tras haberse iniciado en áreas de «baja política» limitadas de forma muy clara, engloba actualmente vastos sectores de «alta política», abarcando los más variados aspectos de las sociedades de los Estados miembros
Explicación: