¿Cómo puede el gobierno lidiar con las actividades mineras no reguladas?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Que, "El Estado reconoce diversas formas de organización de la producción en la economía, entre
otras las comunitarias, cooperativas, empresariales, públicas o privadas, asociativas, familiares,
domésticas, autónomas y mixtas", según lo estipula la Constitución de la República del Ecuador en
su artículo 319;
Que, el Estado promoverá el buen vivir de la población, e incentivará aquellas formas de producción
que preserven sus derechos y el cuidado de la naturaleza;
Que, el Estado garantizará el derecho al trabajo, reconociendo todas sus modalidades, en relación
de dependencia o autónomas con inclusión de labores de auto sustento y cuidado humano y como
actores sociales productivos a todas las trabajadoras y trabajadores;
Que, el Estado impulsará el desarrollo de las actividades económicas mediante un orden jurídico e
instituciones políticas que las promuevan, fomenten y defiendan mediante el cumplimiento de la
Constitución y ley;
Que, "El Estado evitará la concentración o acaparamiento de factores y recursos productivos,
promoviendo su redistribución y eliminando privilegios o desigualdades en el acceso a ellos", tal
como lo establece la Constitución de la República en su Art. 334;
Que, el Estado impulsará y apoyará el desarrollo y difusión de conocimientos y tecnologías
orientados a los procesos de producción;
Que, los gobiernos municipales regularán y controlarán la explotación de materiales áridos y pétreos
que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 395, señala que "El Estado garantizará
un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad
cultural, que conserve la biodiversidad, la capacidad de regeneración natural de los eco sistemas y
asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras"; y,
Explicación: