COMO PERSERVAR NUESTRA RIQUEZA PLURICULTURAL ?
Respuestas a la pregunta
COLOMBIA
Artículo 7.- El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Artículo 8.- Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Artículo 63.- Recursos naturales.
Artículo 72.- El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembaragables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica.
Artículo 328.- El Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y el Distrito Turístico e Histórico de Santa Marta conservarán su régimen y carácter.