¿cómo interpretarías el semáforo económico?
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Respuesta:
Entre sus principales objetivos, destaca informar de forma clara y comprensible a los inversores minoritarios, para que sean conscientes del peligro o de la complejidad que hay detrás de una determinada inversión, antes de que tomen una decisión. Es una forma, como señala la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, de protección para clientes y consumidores.
De este modo, todas las entidades de crédito, gestoras de fondos de pensiones, aseguradoras y otras empresas que presten este tipo de servicios deben incluir tal clasificación. Se busca evitar que se den nuevos casos de productos complejos de alto riesgo ofrecidos a personas inexpertas.
Podrás seguir esta clasificación para valorar el riesgo de los siguientes productos financieros (algunos de ellos muy populares entre los ahorradores españoles):
1. Depósitos bancarios
2. Acciones (tanto las cotizadas como las no cotizadas)
3. Bonos corporativos de empresas
4. Seguros que tengan como finalidad el ahorro (por ejemplo, los de vida)
5. Planes de pensiones (sean individuales o asociados).
Otros, como los fondos de inversión o "swap", derivados o productos estructuras, quedan fuera de esta clasificación, pues, para ellos, se está preparando una propuesta parecida y basada en el modelo europeo. Otro producto que no aparece en el semáforo sería la deuda pública española, al responder por ella el propio Estado.
Si tomas como referencia los seis niveles del semáforo que has visto, previamente, en el primero, que es el que implica un riesgo mínimo, encontrarías productos como los depósitos y planes de previsión asegurados. Los instrumentos que se comprometen a devolver el 100 % de lo invertido se ubicarían en el nivel 2.
Ya dentro del riego moderado de clase 3, aparecen los productos cuyo compromiso es devolver el 100 % de la inversión a tres o cinco años. Y, en la clase 4, identificada con el color naranja claro, están los que se comprometen a hacerlo en un plazo de cinco a diez años.
En los mayores niveles de riesgo (naranja fuerte y rojo intenso), encontrarás los productos que te prometen la devolución de un 90 % del capital invertido o el 100 % (a más de diez años). Por último, sobresalen las acciones, las cédulas y la renta fija privada.
De forma obligatoria, las empresas relacionadas con la prestación de servicios de inversión deberán indicar si cada uno de estos garantiza o no el capital invertido. Además, también deberá constar el plazo en el que el ahorrador podrá recuperar su inversión principal y, en el caso de los bonos, qué calidad crediticia tiene la inversión, en función de un rating.
Si el producto es, especialmente, de riesgo, se ha previsto que se puedan crear alertas en forma de candado. Estas informarán de la liquidez que tiene un determinado producto. Otro símbolo, la exclamación, también puede aparecer en la escala y, en este caso, indica que la naturaleza del producto es ciertamente compleja.
Así pues, esta orden ministerial entró en vigor en febrero de 2016 y ayuda al consumidor a tomar una decisión, antes de contratar un servicio financiero. Las empresas y entidades, por su parte, deben de incluir este "semáforo" en los folletos publicitarios de sus productos y asegurarse de que el cliente conoce cómo funciona, antes de que firme.
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