como formaron los poderes ejecutivos y legislativos
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
En el actual proceso democrático se puede afirmar que el control constitucional del
Poder Ejecutivo pasa por definir: los alcances de la función legislativa de este Poder,
las características de estas normas legales –decretos legislativos, decretos de
urgencia y los tratados simplificados– y analizar las principales resoluciones de la
jurisdicción constitucional, recaídas sobre estas normas. A fin de que se puedan
establecer, inductivamente, las funciones del control parlamentaria de las facultades
legislativas del Poder Ejecutivo.
Para tal cometido, cabe señalar, previamente, que en un régimen presidencial
atenuado como el peruano, el desarrollo del Estado democrático ha demostrado la
necesidad de que el poder público participe en el fomento y promoción del bienestar
económico y social de todos los ciudadanos. Lo cual es motivo para que el Presidente
de la República, antes que el Parlamento, sea quien se encargue de dirigir la política
general del gobierno de desarrollo social y económico, según dispone el Artículo 118°-
3 de la Constitución. .
Pero, dada la tradición presidencialista caracterizada por el mayor dinamismo y
recursos técnicos del Poder Ejecutivo, el ejercicio discrecional de la facultad legislativa
delegada u originaria ha llevado, incluso, a replantear la teoría de la división de
poderes y de la forma de gobierno, así como el rol legislativo del Congreso (ver
Cuadro N° 1). Esto último porque el problema ya no es, realmente, que el Ejecutivo
ejerza facultades legislativas, sino, más bien, radica en que el Congreso encuentre
los medios para impedir que se haga un uso abusivo de esta facultad.
Explicación:
corona pliss