¿cómo estaba organizada políticamente la república romana?
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La República Romana 1 (en latín: Res publica Populi Romani, Roma o Senatus Populusque Romanus)nota 1 fue un periodo de la historia de Roma caracterizado por el régimen republicano como forma de estado, que se extiende desde el 509 a. C., cuando se puso fin a la Monarquía romana con la expulsión del último rey, Lucio Tarquinio el Soberbio, hasta el 27 a. C., fecha en que tuvo su inicio el Imperio romano.
La República romana consolidó su poder en el centro de Italia durante el siglo V a. C. y en los siglos IV y III a. C. se impuso como potencia dominante de la península itálica sometiendo a los demás pueblos de la región y enfrentándose a las polis griegas del sur. En la segunda mitad del siglo III a. C. proyectó su poder fuera de Italia, lo que la llevó a una serie de enfrentamientos con las otras grandes potencias del Mediterráneo, en los que derrotó a Cartago y Macedonia, anexionándose sus territorios.
Censor: Sin imperium, magistratura dual elegida cada cinco años por los comitia centuriata, su ejercicio era como máximo de dieciocho meses. Confeccionaban el censo de ciudadanos (potestas censoria) situando a cada uno de ellos en las diferentes centurias según su riqueza; administraban el ager publicus, y realizaban la lectio senatus y utilizaban la nota censoria controlando así la conducta moral de los ciudadanos.
Pretor (praetor): También dotado del imperium, y elegido por un año por los comitia centuriata, su función principal era administrar justicia. Tiene el ius edicendi, derecho a emitir edictos y establecer las normas de procesales que regirian durante su mandato. Se distinguía entre el praetor urbano, que resolvía los conflictos entre los ciudadanos romanos y el praetor peregrinus, que lo hacía entre extranjeros o entre ciudadanos romanos y extranjeros.
Cuestor (quaestor): Magistrado menor. Auxiliar de cónsules, censores y procónsules, no ejercía imperium y realizaba funciones específicas en administración de justicia criminal -quaestores parricidio- percepción de multas y gobierno de la tesorería estatal –aerarium-.
Ediles curules (aediles curules): magistrados menores con potestas específica para el cargo que estaban asignados. Podían ser cura urbis, policías de la ciudad; cura annonae, que cuidaban del aprovisionamiento de los mercados; y cura ludorum, de la organización de los juegos públicos.
Tribunos de la plebe (tribuni plebis): magistrados plebeyos defienden los intereses de la plebe. Cargo anual que tenían la facultad de oponerse –intercessio- a las decisiones de los magistrados. Protegían al ciudadano desvalido –ius auxilii- y podían convocar al senado y a la plebe. Su persona era inviolable –sacrosanctitas-.
Ediles de la plebe (aediles plebis): magistrados plebeyos que surgieron como auxiliares de los tribuni plebis y publicaban también un edicto al inicio de su mandato.