¿Cómo está formado y
organizado el sistema político de El Salvador artículo 71-
72-73-74-75-76
lo necesito pronto ayuda
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Art. 71 Son ciudadanos todos los salvadoreños mayores de dieciocho años.
Art. 72.- Los derechos políticos del ciudadano son:
1º.- Ejercer el sufragio;
2º.- Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los ya
constituidos;
3º.- Optar a cargos públicos cumpliendo con los requisitos que determinan esta
Constitución y las leyes secundarias.
Art. 73.- Los deberes políticos del ciudadano son:
1º.- Ejercer el sufragio;
2º.- Cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de la República;
3º.- Servir al Estado de conformidad con la ley.
El ejercicio del sufragio comprende, además, el derecho de votar en la consulta popular directa,
contemplada en esta Constitución.
Art. 74.- Los derechos de ciudadanía se suspenden por las causas siguientes:
1º.- Auto de prisión formal;
2º.- Enajenación mental;
3º.- Interdicción judicial;
4º.- Negarse a desempeñar, sin justa causa, un cargo de elección popular; en este
caso, la suspensión durará todo el tiempo que debiera desempeñarse el cargo
rehusado.
Art. 75.- Pierden los derechos de ciudadano:
1º.- Los de conducta notoriamente viciada;
2º.- Los condenados por delito;
3º.- Los que compren o vendan votos en las elecciones;
4º.- Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la
reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos
encaminados a ese fin;
5º.- Los funcionarios, las autoridades y los agentes de éstas que coarten la libertad del
sufragio.
En estos casos, los derechos de ciudadanía se recuperarán por rehabilitación expresa
declarada por autoridad competente.
Art. 76.- El cuerpo electoral está formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto.
Explicación:
Nose si es esto