como es la poblacion de europa desde el punto de vista racial
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
desde el punto de vista racial, europa presenta una población mayoritaria de raza blanca.
Respuesta:
En las sociedades donde impera cualquier forma de racismo, más o menos institucional, más o menos consciente, más o menos expreso, no puede darse ni la libertad ( es decir, el Estado de Derecho), ni la igualdad (es decir, el Estado social) ni la participación política ( es decir, el Estado democrático).
Una mera exégesis de la normativa europea reguladora de la prohibición de discriminación racial invita de inmediato a la conclusión de que nos hallamos ante un modelo jurídico garantista, y protector en general. Sin embargo, el análisis de la práctica destruye tan esperanzada conclusión, ya que, se puede constatar la existencia de una alarmante contradicción entre las previsiones normativas y la práctica del Derecho. Especialmente en nuestro país.
A la hora de estructurar el trabajo se han tenido en cuenta fundamentalmente TRES CRITERIOS DE SISTEMATIZACIÓN que se han utilizado además de forma escalonada. En efecto por un lado se ha partido del estudio de cuestiones generales como son las raíces de la discriminación racial, el concepto jurídico de la misma y sus primeros intentos de protección, así como un estudio estadístico de la situación actual, llevado a cabo en los Capítulos II y III de la tesis, para ir descendiendo posteriormente al examen concreto de las otras dos partes relativas a la protección de la discriminación racial en el ámbito del Consejo de Europa, y el modelo garantista de la Unión Europea respectivamente.
Por un lado, el análisis de una institución específica contra el racismo como es la Comisión Europea contra el racismo y la intolerancia, ECRI con un objetivo eminentemente práctico y de guía con las recomendaciones, junto con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que conllevan un acercamiento muy amplio al modelo de protección contra la discriminación racial en Europa analizado en los Capítulos IV y V; para seguir descendiendo al ámbito concreto del modelo jurídico protector de la Unión Europea con el estudio detallado de la normativa de la Unión Europea contra la discriminación, los diferentes conceptos de discriminación con el análisis de los diferentes conceptos de discriminación, directa, indirecta, múltiple, errónea, oculta, por asociación y conceptos relacionados como el deber de acomodo razonable. A la que continúa un estudio del derecho a la igualdad de oportunidades, un concepto relativamente moderno junto con la prohibición de discriminar, desgranado a través de la discriminación inversa y las acciones positivas, el ámbito de aplicación de dicha normativa, así como sus excepciones y garantías entre los capítulos VI a X.
Finalmente en el capítulo onceavo XI, un análisis de los organismos de igualdad, instituciones fundamentales para que la no discriminación racial sea real y efectiva.
La lucha contra la discriminación racial actualmente es una de las prioridades para Europa. ¿La diversidad cultural¿ es una de las riquezas de las sociedades democráticas. Europa está persuadida de que toda distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en la raza, el color, la ascendencia o el origen nacional o étnico es una negación de los derechos humanos.
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