¿Cómo es la forma de gobierno que estableció la Constitución de 1853?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La República de la Nueva Granada establece para su régimen y administración general, un Gobierno popular, representativo, alternativo y responsable. Reserva a las provincias, o secciones territoriales, el poder municipal en toda su amplitud, quedando al Gobierno general las facultades y funciones siguientes:
1. La conservación del orden general; el derecho de resolver sobre la paz y la guerra, y la consiguiente facultad de tener ejército y marina, y estatuir lo conveniente a su organización y administración;
2. La organización y administración de la Hacienda Nacional; establecimiento de contribuciones y ordenamiento de gastos nacionales; arreglo y amortización de la deuda nacional;
3. Todo lo relativo al comercio extranjero, puertos de importación y exportación, canales o ríos navegables, que se extiendan a más de una provincia; y los canales y caminos que se construyan para poner en comunicación los Océanos Atlántico y Pacífico;
4. La legislación civil y penal, así en cuanto crea derechos y obligaciones entre los individuos, califica las acciones punibles y establece los castigos correspondientes; como también en cuanto a la organización de las autoridades y funcionarios públicos que han de hacer efectivos esos derechos y obligaciones, e imponer las penas, y al procedimiento uniforme que sobre la materia debe observarse en la República;
5. La demarcación territorial de primer orden, a saber: la relativa a límites del territorio nacional con los territorios extranjeros, y la división o deslinde de las provincias entre sí, y su creación o supresión;
6. Las relaciones exteriores, y consiguiente facultad de celebrar tratados y convenios;
7. La aclaración y reforma de la Constitución, y las demás facultades que expresamente, por disposición de la misma Constitución, se le confieran;
8. Determinar lo conveniente sobre la formación periódica del censo general de población;
9. La organización del sistema electoral, con respecto a todos los funcionarios nacionales electivos;
10. Todo lo relativo a la administración, adjudicación, aplicación y venta de las tierras baldías, y demás bienes nacionales;
11. La determinación de la ley, tipo, peso, forma y denominación de la moneda, y el arreglo de los pesos y medidas oficiales;
12. Todo lo relativo a inmigración y naturalización de extranjeros;
13. Conceder privilegios exclusivos, u otras ventajas o indemnizaciones, para objetos de utilidad pública, reconocida que no tengan carácter puramente provincial.
Explicacion:
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Respuesta:
establece para su régimen y administración general, un Gobierno popular, representativo, alternativo y responsable. Reserva a las provincias, o secciones territoriales, el poder municipal en toda su amplitud, quedando al Gobierno general las facultades y funciones