Cómo entiendes que cambió derecho lleva aparejada un deber
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Lo que en nuestros días se conoce como derechos humanos está
referido al reconocimiento de que toda persona humana, por el
hecho de serlo, es portadora de atributos autónomos que deben ser
reconocidos y protegidos por el Estado. Ellos son inherentes al ser
humano y no requieren de ningún título específico para adquirirlos.
No resultan de una adjudicación o cesión del Estado, cuya función
con respecto a ellos es de reconocimiento, respeto y protección. Basta
con ser persona humana para ser titular de los derechos humanos y
toda persona humana es titular de esos derechos. Su exigibilidad no
depende de su consagración legislativa; por el contrario, históricamente
aparecen como atributos que se han hecho valer contra leyes opresivas
que los desconocían o menoscababan.
Son derechos subjetivos que emanan de la dignidad humana y
que la resguardan, porque ellos combaten la dominación arbitraria
y apoyada en desiguales relaciones de poder social, mediante la cual
unos seres humanos imponen a otros ser instrumentos de sus propios
fines. Hablamos de la ideología universal nacida para encarar la
opresión.
* El contenido de este artículo obedece a las exigencias de la programación del
XXVIII Curso Interdisciplinario del IIDH.
** Abogado venezolano, integrante del Consejo Directivo del IIDH desde su
fundación, del que fue Presidente y actualmente Consejero Permanente. Fue juez
y Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Profesor jubilado
y ex decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad
Central de Venezuela. Vicepresidente de la Comisión Internacional de Juristas
Miembro de varios tribunales internacionales de arbitraje. Asesor jurídico de la
Secretaría General de las Naciones Unidas para las negociaciones de paz en El
Salvador. Ex experto Independiente de la ONU para Derechos Humanos en El
Salvador. Miembro del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derec