¿Cómo elaborar un juicio histórico?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
1. El juicio histórico: su naturaleza
Existe una notable diferencia entre el «juicio de autoridad» –el expresado a través de testimonios y testigos– y el «juicio histórico» que define formalmente al historiador. El juicio histórico ha de ser un «saber de conclusiones», un saber terminal, no meramente propedéutico, como es el «juicio de autoridad», cuya fuerza es buscada por las ciencias metodológicas (heurística, crítica, hermenéutica). El excesivo crecimiento de éstas –que operan por clasificaciones y búsquedas minuciosas– puede entorpecer el saber histórico estricto, compuesto de enunciables que afirman o niegan algo del pasado. Tras la metodología previa de los instrumentos del saber, ha de venir la interpretación efectiva de un hecho humano pretérito, que enuncie categóricamente en un juicio: «sucedió así».
La simple filología puede hacer perder una incalculable cantidad de esfuerzo y trabajo sobre toneladas de documentos, con un rendimiento histórico escaso. No es todavía «historiador» el que simplemente es laborioso y se afana en los archivos. La determinación de la autenticidad y de la veracidad de documentos y testigos constituye, para el historiador, una labor preparatoria, un mero análisis de los hechos aislados o extraídos del fluir histórico. Pero aislar es abstraer. Hay que devolver el hecho a la totalidad, pues de otro modo carecería de sentido: hay que reconstituir o reconstruir la totalidad: «Si conocemos todos los hechos –dice Cassirer– en su orden cronológico tendremos un esquema general y un esqueleto de historia pero no poseeremos su vida real. Ahora bien, el tema general y la meta última del conocimiento histórico es una comprensión de la vida humana»[1]. De la vida humana pasada, claro es.
En el juicio histórico hay que diferenciar el carácter lógico (su naturaleza o constitución) del aspecto gnoseológico (su aspiración a la verdad). En este capítulo estudiaremos el aspecto lógico, dejando el gnoseológico para otro capítulo.
Considerado en su aspecto lógico, el juicio histórico es singular, particular: por eso la historia no estudia meros conceptos universales (como victoria, homicidio, guerra, paz, etc.), sino los hechos en su individualidad y, además, en su conexión. 1º. Las demás ciencias usan también los hechos individuales, pero sólo en cuanto manifiestan leyes, excluyendo de ellos todo lo accidental e individual. En cambio, la historia considera los hechos en su individualidad; no la muerte de un emperador como tal, sino la de César por Bruto. No estudia las erupciones del Vesubio (tuvo muchas) como hechos geológicos, sino aquella precisa erupción que sepultó a Pompeya: lo histórico es la destrucción de esta ciudad, no la erupción de aquel volcán. A su vez, si se ocupa de leyes es porque éstas conducen al conocimiento de los hechos[2]. No hay leyes de la historia, a partir de las cuales se pueda deducir el desarrollo de la humanidad. Pero hay leyes en la historia, justo las estudiadas por las ciencias naturales y las ciencias sociales, y que el historiador no debe dejar de entender y aplicar en su discurso. Y aunque la historia pueda llevar al conocimiento más profundo de las leyes morales que rigen las acciones humanas, ese conocimiento constituye un saber distinto, que es parte de la «filosofía de la historia». 2º. Además no estudia los hechos aislados o separados, sino relacionados: un hecho histórico tiene valor cuando es conocido en su conexión.