Contabilidad, pregunta formulada por ximenalopezmg, hace 4 meses

Cómo demostrarías la legalidad de la contabilidad

Respuestas a la pregunta

Contestado por esteban7847
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Las normas de auditoría generalmente aceptadas


Como puede verse de la comparación de la norma, antes y después de la sentencia, la Corte le recortó al gobierno la facultad de expedir los PGCA a través de decreto reglamentario. Si se tiene en cuenta que el Decreto 2649 de 1993 fue expedido con base en facultades reglamentarias, la conclusión derivada de la sentencia es que dicho decreto carecería de validez, por haberse declarado inconstitucional la norma habilitante para expedir dichos reglamentos.

Indicaba también el artículo 44 que era necesario presentar estados financieros comparativos, de acuerdo con los lineamientos que debía establecer el gobierno. El numeral 5º del artículo citado así lo consagraba, pero la Corte también considera que dicha norma es contraria a la Constitución, por lo que decreta su inexequibilidad.

Este estadio, pues, girará alrededor de esta sentencia, de cara a los PCGA, evaluando el entorno frente al denominado principio de legalidad. Específicamente se analizarán tres puntos: los PCGA, los estados financieros comparativos y las potestades regulatorias de los entes de control.

Principio de legalidad: noción y desarrollo


El principio de legalidad descansa sobre dos aspectos fundamentales: uno, que la responsabilidad solamente se origina por transgresión a la Constitución o la ley; como suele decirse en el argot popular: a los particulares les está permitido todo cuanto no está prohibido, para indicar que la transgresión derivada de los actos u omisiones, trasciende al mundo del derecho en cuanto vulnere el contendido de las regulaciones de la Carta Política o de la ley. El segundo aspecto se relaciona con el órgano competente para emitir las normas reguladoras de comportamientos. En este sentido, el ilustre y ya fallecido doctor Álvaro Gómez Hurtado(4), enseñó:

“El despotismo encuentra fundamento en el principio de que el monarca cuenta con autoridad suficiente para imponer su voluntad a la comunidad Por el contrario, la organización de un Estado democrático solo reconoce la fuerza vinculante a la voluntad general, de la cual emana el derecho, atendiendo que solo hay una forma legítima para expresar esa voluntad general: la ley. Sobre la base de este reconocimiento, es claro que la libertad y los demás derechos de los particulares no pueden coartarse o limitarse sino en virtud de la ley, pero es igualmente diáfano que todos los asociados deben obediencia a sus mandatos y que se constituyen en culpables quienes la infringen”.

Espero que te sirva = )
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