como debe ser el reparto de utilidades en la sociedad mercantil.
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El Código de Comercio señala que deberán repartirse por lo menos 50% de las utilidades líquidas que la sociedad genere, a menos que el máximo órgano social decida cosa distinta con el voto favorable de por lo menos 78% de las acciones, cuotas o partes de interés representadas en la reunión
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