Ciencias Sociales, pregunta formulada por yurisvillatoro010190, hace 1 año

como benefician las asociaciones cooperativas​

Respuestas a la pregunta

Contestado por nsucapucac
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Respuesta:

Explicación:

nterés. Pagan mejores tasas que otras instituciones financieras. Sobre el saldo diario pagan un 2%, mientras las otras pagan menos del 1%. En los plazos fijos pagan hasta 2% más de lo que pagan las demás.

Seguro. Todas las cooperativas tienen un seguro de gravamen. Cuando el socio fallece, el seguro cubre el saldo y la cooperativa le da una suma de dinero a los deudos para cubrir los gastos de sepelio. Además, todas las cooperativas tienen un seguro grupal y en caso de fallecimiento, devuelven lo aportes de capital y una suma adicional por los depósitos.

Préstamos. Cuándo se adquiere un préstamo, la cooperativa cobra mucho menos que las otras instituciones del mercado. Si la cooperativa es grande puede cobrar hasta el 18% anual en moneda nacional y entre el 6% y 7.5% en moneda extranjera. Por lo general trabajan con moneda nacional.

Contestado por AntonellaBriyitte
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Beneficios de las Cooperativas:

La responsabilidad de los asociados está limitada a la aportación inicial de capital que hace cada uno de ellos. Por ejemplo, se constituye una sociedad cooperativa con 10 asociados con un aparte de $20.000, por tanto, el capital inicial total es de $200.000. Si durante el desarrollo de la actividad empresarial se endeudan por un importe de $400.000, cada uno de los asociados sólo responderá de hasta $20.000, pues su responsabilidad está limitada a ese capital aportado.

Los asociados tienen derechos políticos y económicos por igual, es decir, totalmente equiparados. Al margen del capital que haya aportado cada uno de los asociados, todos tienen voz y voto con el mismo peso.

Uno de los grandes beneficios de las cooperativas es que los asociados pueden percibir, si así lo prevén los estatutos de la empresa, intereses por sus aportaciones de capital social.

Además, entre los beneficios fiscales de las cooperativas, dependiendo de si éstas se consideran protegidas o especialmente protegidas, encontramos: exenciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y reducciones del tipo impositivo y en los tributos locales, a no ser en Argentina que ahora se esta debatiendo sobre si se debe o no cobrar ganancias, ya la misma confederación (COOPERAR) declaro que “El objeto de las cooperativas es brindar servicios a los asociados. Nadie lucra consigo mismo”.

Finalmente, las sociedades cooperativas se pueden beneficiar, asimismo, de subvenciones. Por ejemplo, en el caso de la constitución de cooperativas por parte de desempleados inscritos como demandantes de empleo

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