como accedemos al regimen
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
V
Con una espeda de dios
Explicación:
Jajajaja
Respuesta:
Por este procedimiento podrás acceder al régimen tributario Régimen General, cuando inicies tu negocio, como persona natural, persona jurídica, sucesión indivisa, sociedad conyugal u otros.
Presenta tu declaración mensual desde la web de SUNAT dentro de la fecha de vencimiento según el Cronograma de Obligaciones Mensuales y evita la sanción de 1UIT.
Requisitos
Si eres persona natural:
DNI vigente, Carnet de Extranjería, Carné de Identidad, Carné de Permiso Temporal de Permanencia o Pasaporte con calidad migratoria para la generación de renta de fuente peruana.
Si cuentas con representante legal, debes exhibir el DNI de éste. (ejemplo: tutor o curador).
Si vas a registrar una dirección distinta a la de tu DNI, debes presentar el original de tu DNI y cualquier documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal.
Carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de SUNAT, que lo autorice expresamente a realizar el trámite de inscripción en el RUC. (Si el trámite lo hace un tercero)
Formulario 2119: Solicitud de Inscripción o Comunicación de Afectación a Tributos.
Si eres persona jurídica:
DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigentes.
Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social Inscrita.
Recibo de servicio (Luz o agua), no mayor a dos meses de antigüedad.
Formulario N° 2119: Solicitud de Inscripción o comunicación de afectación de tributos.
Formulario 2054: Representantes Legales, Directores, Miembros Del Consejo Directivo y Anexo.
Explicación: