Informática, pregunta formulada por Hannafuentem2021, hace 5 meses

¿cómo abordar nuestra Constitución nacional la relación entre ética y política ?

materia : política y ciudadania

es para hoy​

Respuestas a la pregunta

Contestado por alexandraleguizamon2
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Respuesta:

Explicación:

la cita refiere al dominio del amo, lo cual en la actualidad no es tan válido, como

en el siglo XVII, la conversión de la fuerza en derecho y de la obediencia en

deber sí lo es. Ahora bien, la fuerza aquí hace referencia a la capacidad que tiene

el sujeto de poner en función una realidad, y el derecho, entonces, cosiste en las

disposiciones legítimas para que las personas canalicen sus capacidades, lo que

implica el ejercicio de la libertad sin la cual el derecho no tendría validez. Así lo

afirma el mismo Rousseau: “Renunciar a la libertad es renunciar a la condición de

hombre, a los derechos de humanidad, e incluso a los deberes.” (1993: 9). Desde

esta concepción, la libertad como categoría moral y jurídica es la condición esencial

de la humanidad, y como tal del derecho, y esto implica que no es posible separar

los derechos de los principios éticos.

El mismo Maquiavelo, a pesar de que se le atribuye haber sido el primero que

separó el comportamiento político del los actos morales, se preocupa por las

capacidades intrínsecas de los seres humanos y de cómo ellos se manifiestan unos

a otros. Por ello afirma: “La naturaleza de los hombres es obligarse unos a otros,

lo mismo por los beneficios que conceden que por los que reciben.” (1999: 87).

Forzando un poco esta cita podemos decir que el conceder y el recibir, aunque no

lo haya dicho Maquiavelo, hacen parte de los derechos. El derecho como aquella

disposición que todo ser humano posee para manipular o para dejarse manipular.

Obligarse entre los hombres hace parte del reconocimiento del otro, hace parte de

la sociabilidad insociable de la humanidad.

En este mismo sentido es necesario citar a Kant, sin quien las reflexiones morales,

estéticas y científicas, entre otras, no tendrían la misma tematización que tienen en

la actualidad. En cuanto a los derechos, el filósofo alemán afirma: “La posesión del

arbitrio de otro, como facultad de determinarle por medio del mío a un cierto acto,

según leyes de la libertad (lo mío y lo tuyo exteriores en relación a la causalidad

de otro) es un derecho (de ellos puedo tener varios frente a la misma persona o

frente a otras); pero el conjunto (el sistema) de leyes, según las cuales puedo estar

en esta posesión, es el derecho personal, que es único.” (1989: 89). El derecho

personal como producto de la exhortación de una persona hacia un acaecimiento

de otro, es lo que gana un sujeto con facultad de libertad, y por ello es un sujeto

moral.1 De tal forma que los derechos tienen bases morales, como lo acabamos

de mostrar. En lo que sigue vamos a profundizar un poco más en estos elementos.

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