Derecho , pregunta formulada por valenciamuriel10, hace 1 año

comentario del articulo 44 dela constitucion politica del peru

Respuestas a la pregunta

Contestado por capital97
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El comentario respecto a ese artículo es que tipifica los deberes del Estado, y vemos que son los deberes fundamentales para la nación.

Artículo 44°. Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior.

Contestado por jullianaCM
3

Respuesta:

Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

Explicación:

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