Código de fondo, y código de forma. Que son cada uno de ellos, cuales son sus conceptos?
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El Derecho de Fondo está constituido por las normas jurídicas que se refieren a los contenidos de las relaciones jurídicas. Así, son derecho de fondo las disposiciones del derecho civil, comercial, penal, laboral, etc. El dictado de estas normas de fondo es potestad exclusiva del Congreso Nacional.
El Derecho de Forma es el que regula los procedimientos a cumplirse ante los órganos judiciales quienes aplicarán las normas jurídicas para la resolver los distintos casos puestos a su consideración. El típico derecho de forma es el derecho procesal. Las normas que integran el derecho de forma son dictadas por cada uno de los Congresos Provinciales.
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