clasificacion arancelaria del chocomilk y que regla podria utilizar?
Respuestas a la pregunta
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hola como estas
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La presente ficha técnica contiene los principales elementos del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (en adelante el AdA) sobre el Acceso a mercados y las Normas de origen aplicables a estos productos. Ambos temas, se encuentran interrelacionados dado que para poder gozar de preferencias arancelarias en el mercado de destino, el producto debe ser originario, ya sea de Centroamérica o de la Unión Europea, o en su caso, aplicar las disposiciones que permitirán la acumulación de origen, entre otras flexibilidades de origen aplicables. Así también, se incluye los vínculos que contienen la información actualizada y relacionada con los requisitos que establece la Unión Europea en cuanto a la aplicación de las medidas sanitarias, fitosanitarias, de obstáculos técnicos al comercio y de las medidas ambientales. CESO DE LAS MERCANCIASO DE LAS MERCANCIAS AL MEDOI. TRATO NAE LAS ERCANCÍAS AL
Es relevante mencionar que estos productos, así como el azúcar, por ser productos muy sensibles para la Unión Europea tienen un tratamiento complejo, debido a que incluye azúcar y otros productos con alto contenido de azúcar (PACA). Para ellos se acordó un otorgar libre comercio dentro un volumen determinado de productos, bajo la forma de un contingente arancelario. Entre los productos considerados por la Unión Europea como PACA se mencionan: dulces, algunos chocolates, hortalizas y frutas confitadas, jaleas, jugos de fruta con más del 30% de azúcar, preparaciones de café, esencias, entre otros. Más adelante se profundiza en el tratamiento preferencial de estos productos.
Por facilidad, en la presente ficha se explica lo relativo únicamente cacao y sus preparaciones (1806); los demás productos los podrá consultar en otras fichas técnicas individuales.
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