Derecho , pregunta formulada por lensirad12, hace 11 meses

Cita dos característica de las ciudades estados

Respuestas a la pregunta

Contestado por cosquillomiguel93
1

Respuesta:

te envío lo que tengo copiado de mi trabajo ok

Explicación:

Una ciudad-Estado[1] es un Estado soberano que solamente consta de una ciudad y un exiguo territorio circundante. A partir del siglo XX se aplica sobre todo a estados como Singapur, Mónaco y la Ciudad del Vaticano, Trieste o Danzig.

No se utiliza para ciudades con mayor o menor autonomía pero que son parte de una entidad política mayor a la manera de Berlín o la Ciudad de México, tampoco para ciudades autónomas, como Ceuta y Melilla en España.

En el caso de San Marino, si bien se trata de un micro estado, la subdivisión en castelli, asimilados a municipios, hace que no sea propiamente una ciudad estado en el sentido moderno.[2]

Históricamente se refiere a los estados independientes de la Antigüedad o la Edad Media; sobre todo las polis griegas, las comunas italianas, imperiales o hanseáticas y los estados mayas del Período Clásico

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