Historia, pregunta formulada por danel39, hace 5 días

Cinco acciones que no debía haber realizado el agente de seguridad privada en la defensa personal

Respuestas a la pregunta

Contestado por fernandamaradiaga54
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Respuesta:

1. No pueden retener la documentación

No pueden retener la documentación de una persona, aunque sí podrán solicitarla para tomar nota de los datos personales en aquellos casos en los que exista una causa razonable para ello, como por ejemplo en los controles de acceso a edificios, casos de delitos flagrantes y otras situaciones similares.

2. No pueden proceder a la detención

No pueden proceder a la detención, salvo en las circunstancias que cualquier otro ciudadano pueda detener a otro como:

A la persona que vaya a intentar cometer un delito

A la persona que esté cometiendo un delito

A la persona que se fugue de un establecimiento penal

A la persona que, esperando el traslado al establecimiento penal donde debe cumplir la condena, se fugue.

A la persona que se fugue mientras es conducido al establecimiento penal

A la persona que se fugue estando detenido o preso pero con causa pendiente

Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía

3. No pueden cachearnos

No pueden cachearnos, salvo si les permitimos que lo hagan. No obstante, existen una serie de situaciones en las que los vigilantes de seguridad pueden proceder al registro personal de manera legal, siempre que se cumplan cuatro requisitos:

Que lo haga una persona del mismo sexo

Que se realice en un lugar reservado

Que no se prolongue innecesariamente

Que se eviten posturas o situaciones degradantes

4. No pueden registrar nuestras pertenencias

No pueden registrar nuestras pertenencias, excepto que voluntariamente accedamos a ello. Si no existen indicios razonables de que se ha cometido un delito o delito leve, no estamos obligados a enseñar nuestras pertenencias pero, al igual que en el apartado anterior, se podrá proceder al registro en una serie de situaciones (eventos deportivos, aeropuertos, etc.).

5. No pueden interrogar a la persona detenida

No pueden interrogar a la persona detenida, pero sí verificar los hechos para poder comprobar si se trata de una delito leve o delito, ya que no deben poner a disposición policial si no se ha cometido ningún ilícito penal.

Explicación:

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