Historia, pregunta formulada por pool123159789, hace 10 meses

c. Explica.
Para ir al antiguo Correo Central, donde se pueden visitar las exposiciones del Archivo
General de la Nación, partiendo desde Palacio de Gobierno, Manuel dice que se debe
pasar por el pasaje Santa Rosa. En cambio, Urpi dice que no es necesario. ¿Qué dirías tú?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por flopezca
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Respuesta:

En 1890 se recibe la documentación de las Cajas Reales y Ramo de Aduanas, y Real Hacienda,¿ depositados antes en el Ministerio de Hacienda.

En el Gobierno de Piérola se dispuso la reorganización del Archivo y se nombra como director a don Luis Benjamín Cisneros, quien inicia su gestión el 12 de enero de 1897. Ese mismo año, en el mes de setiembre son retirados del Archivo por el Jefe del Archivo Especial de Límites, los documentos referentes a Límites, los cuales formarán part

e del Archivo que custodia el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Gobierno de José Pardo, expidió el 17 de marzo de 1919 un decreto disponiendo nuevamente su reorganización, era director en estos tiempos Horacio H. Urteaga quien siguió en el cargo hasta 1944. Hasta entonces el Archivo había tenido sólo una Sección, la Histórica pero con esta norma se mandaba organizar la Sección Judicial y Notarial.. Durante este período se separa también su organización administrativa de la Biblioteca Nacional.

En 1923, mediante Ley Nº 4666 se desarrolla otra reorganización del Archivo Nacional y con el decreto del 26 de julio del mismo año se establecieron las secciones siguientes: Histórica, Judicial-Notarial, y Administrativa. En la Sección Histórica figurarán todos los documentos de este carácter que se custodian en el Archivo Nacional. En la Sección Judicial y Notarial figurarán todos los documentos emanados de las Cortes de Justicia, de los Juzgados de la República y de las Notarías Públicas.

En la Sección Administrativa figurarían todos los documentos existentes en los Archivos de los Ministerios de Estado. Se exceptuó de esta disposición al Archivo de Límites, que continuará conservándose en el Ministerio de RR. EE.

En 1943 tras el incendio producido en la Biblioteca Nacional se trasladan los fondos del Archivo Nacional a su actual local en el Palacio de Justicia.

En 1968 con la desaparición del Ministerio de Justicia y Culto pasa a formar parte del Instituto Nacional de Cultura.

Por decreto ley Nº 19268 del 11 de enero de 1972, dispositivo orgánico del Instituto Nacional de Cultura y el decreto ley 19414 que legisla sobre el Patrimonio Documental de la Nación se modifica la antigua denominación de Archivo Nacional que persistía desde 1861, convirtiéndose en Archivo General de la Nación, como Órgano de Ejecución de dicho Instituto. De esta forma se da un cambio a la estructura misma del sistema archivístico dándole una amplitud jurisdiccional, pues bajo él se encontrarían a todos los Archivos Departamentales.

Durante estos cambios se desempeñaba como director el Dr. Guillermo Durand Florez quien desarrollará sus actividades hasta 1983 por su loable labor desplegada en el Archivo General de la Nación y en pro de los Archivos se le ha denominado Padre de la Archivística Peruana. De esta forma, al reactivarse el Ministerio de Justicia gestiono su retorno, consiguiendo que mediante decreto legislativo Nº 117 de 12 de junio de 1981 en el que se aprueba la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia se le establezca como uno de sus organismos públicos descentralizados, con autonomía administrativa y presupuestal, quienes coadyuvarían con éste para el desarrollo de sus funciones, así se señala en su artículo 33 al Archivo General de la Nación como el encargado de la defensa, conservación e incremento del patrimonio documental de la Nación. Esa misma fecha con Decreto Legislativo Nº 120 se aprueba la Ley Orgánica del Archivo General de la Nación estableciéndose su reestructuración para adecuarlo a las nuevas funciones que deberían asumir las unidades orgánicas que la conformarían, en ese sentido se remarca la importancia de dos órganos de línea encargados de ejecutar la política archivística del Estado, y por lo tanto con mayor nivel jerárquico sobre los demás órganos, para de esta forma tener capacidad de acción y evitar las trabas, estos dos organismos son el Archivo Intermedio y el Archivo Histórico. El Archivo General de la Nación inicia sus competencias relacionadas al Sector Justicia a partir del 1º de enero de 1982 para lo cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones con el decreto supremo 007-82-JUS de fecha 22 de enero de 1982.

Explicación:

El 11 de junio de 1991 mediante la ley 25323, el Archivo General de la Nación es instituido como ente rector del Sistema Nacional de Archivos.

En 1993 mediante decreto supremo 005-93-JUS de fecha 17 de marzo de 1993 concluido el proceso de reorganización declarado para las entidades de la Administración Pública se modifica la estructura orgánica de la institución adecuándose así al planteamiento de la política estatal manifestada en la ley 25957. De esta forma se cambia de denominación a los dos órganos de línea, los cuales a la fecha siguen vigentes, estos son: la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio y la Dirección Nacional de Archivo Histórico.


sherilubazan1010: pero queeeeeeeeeWTFFFFFFFF
jhannoeliaht: que?????????
flopezca: xD
gatitadeysi: Watafak
989637859: cual es larespuesta gueyyy
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