Historia, pregunta formulada por isidoritalindalol, hace 3 meses

b) ¿Qué se señala respecto del nacimiento de las personas?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por francoluis90
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Respuesta:

Según el artículo 90 del Código Civil, "La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es al separarse completamente de su madre". Y de conformidad con el artículo 1019 del mismo Código, "Para ser capaz de suceder es necesario existir naturalmente al tiempo de abrirse la sucesión.

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