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REALIZAR UN CASO SOBRE LAS GARANTIAS DE CUMPLIMIENTO
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
PREGUNTA
Cuál es el valor de la garantía que debe rendir el contratista en el caso de que la entidad
contratante deba rendir Garantía por Anticipo?
RESPUESTA
En la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se establece que si
por la forma de pago establecida en el contrato, la Entidad Contratante debiera otorgar
anticipos de cualquier naturaleza, sea en dinero, giros a la vista u otra forma de pago, el
contratista para recibir dicho anticipo, deberá rendir previamente garantías por igual
valor del anticipo, que se reducirán en la proporción que se vaya amortizando aquél o se
reciban provisionalmente las obras, bienes o servicios.
PREGUNTA
En qué casos no se rinden las Garantías de Fiel Cumplimiento?
RESPUESTA
La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece que no se
exigirá la Garantía de Fiel Cumplimiento en los contratos de compraventa de bienes
inmuebles y de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de
efectuarse el pago. Y tampoco se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea
menor a multiplicar el coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del
correspondiente ejercicio económico.
PREGUNTA
En que contratos cabe la presentación de Garantía Técnica?
RESPUESTA
Conforme a la normativa, se establece que la Garantía Técnica debe presentarse en los
contratos de adquisición, provisión o instalación de equipos, maquinaria o vehículos, o
de obras que contemplen aquella provisión o instalación, para asegurar la calidad y buen
funcionamiento de los mismos.
PREGUNTA
En qué momento se devolverá la Garantía de Fiel Cumplimiento?
RESPUESTA
Tal como lo establece la normativa, en los contratos de ejecución de obras, la garantía
de fiel cumplimiento se devolverá al momento de la entrega recepción definitiva, real o
presunta.
PREGUNTA
En qué momento se rinden las Garantías de Fiel Cumplimiento?
RESPUESTA
Conforme a lo señalado en la norma, para seguridad del cumplimiento del contrato y
para responder por las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionadas
con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento de la firma del contrato, rendirá
garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de aquel.
Explicación:
corona