Derecho , pregunta formulada por flower47, hace 1 año

AYUDENME CON EJEMPLOS!!
ART15) Los bienes situados en el Ecuador están sujetos a las leyes ecuatorianas, aunque sus dueños sean extranjeros y residan en otra nación. Esta disposición no limita la facultad que tiene el dueño de tales bienes para celebrar, acerca de ellos, contratos válidos en nación extranjera. Pero los efectos de estos contratos, cuando hayan de cumplirse en el Ecuador, se arreglarán a las leyes ecuatorianas

Respuestas a la pregunta

Contestado por JoSinclair
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Este artículo expresa que todos los bienes, por ejemplo edificaciones, casas, industrias, automoviles, que se encuentren en el territorio nacional deberán regirse por las leyes de Ecuador, es decir, los impuestos que disponga la ley, las transacciones que se generen por ellos, y toda la normativa que se establezca; esto no significa que el gobierno ecuatoriano sea el poseedor del bien, sino que dispondrá las leyes que a él se refieran.

Un señor de origen portugués (extranjero) tiene una panadería, que se encuentra en un local de su propiedad: dicha panadería estará sujeta a las leyes que dispongan las autoridades ecuatorianas: los registros sanitarios, registros sobre la propiedad inmobiliaria, registro de comercio, impuestos, e incluso fijar el valor de los productos que se vendan en la panadería, todo por el hecho de encontrarse el comercio en territorio ecuatoriano, aunque el dueño sea portugués.

La propiedad y el negocio seguirán siendo de su dueño, así como las ganancias que perciba, menos el porcentaje que sea destinado al pago de las obligaciones tributarias. Y si en un futuro desea alquilar o vender la panadería, lo hará siguiendo las leyes de compra-venta inmobiliarias estabecidas en Ecuador.

flower47: QUE PRO!
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