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Como se debe ejercer los derechos de los jovenes en la comunidad educativa tomando en cuenta las recomendaciones de las autoridades de la comunidad educativa
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Respuestas a la pregunta
La "comunidad educativa", es una zona conflictiva. Existen dos visiones para esta terminología. Unos consideran que está compuesta por alumnos, padres y representantes, y equipo docente/directivo; otros sin embargo, consideran que está conformada por la comunidad local, las organizaciones comunitarias y los líderes comunitarios.
En el primer caso el término a correcto es comunidad escolar
y es aquel que señala que la comunidad
educativa se encuentra estructurada por alumnos, padres y representantes, y
equipo docente/directivo.
La "comunidad educativa" se refiere al segundo grupo la otra educación, la extra-escolar, que incorpora una escala más amplia de sectores, instituciones y actores, en los cuales también se encuentra incluido los medios de comunicación, los sitios de trabajo, investigación, recreación, producción científica y cultural etc., y específicamente todas aquellas instancias gubernamentales y no-gubernamentales interesadas en la oferta y la demanda educativa extra-escolar.
Los derechos de los jóvenes en las comunidades educativas deben ser ejercidos involucrando y tomando en cuenta las recomendaciones aportadas por la comunidad educativa ya que estas deben estar y están elaboradas involucrando conocimiento, razonamiento, subjetividad y siguiendo los lineamientos legalmente establecidos y consecuencia de ello es que en ejercicio de estos derechos las comunidades educativas deben Considerar los intereses de los alumnos y su posible adaptación de la red formativa. También debe existir Flexibilidad en los períodos de preinscripción y registro del alumnado y ordenar la agenda de actuaciones para la escolarización en ciclos formativos, al planteamiento de mejora de culminación del curso escolar y resolver todos los tramites emanados de la implantación normativa que se establezca. — debe haber garantía de igualdad de oportunidades en el acceso a la enseñanzas, entre otros derechos.
La comunidad educativa al momento de elaborar las recomendaciones ya que estas deben estar y están elaboradas involucrando conocimiento, razonamiento, subjetividad y siguiendo los lineamientos legalmente establecidos.
Respuesta:
La "comunidad educativa", es una zona conflictiva. Existen dos visiones para esta terminología. Unos consideran que está compuesta por alumnos, padres y representantes, y equipo docente/directivo; otros sin embargo, consideran que está conformada por la comunidad local, las organizaciones comunitarias y los líderes comunitarios.
En el primer caso el término a correcto es comunidad escolar y es aquel que señala que la comunidad educativa se encuentra estructurada por alumnos, padres y representantes, y equipo docente/directivo.
La "comunidad educativa" se refiere al segundo grupo la otra educación, la extra-escolar, que incorpora una escala más amplia de sectores, instituciones y actores, en los cuales también se encuentra incluido los medios de comunicación, los sitios de trabajo, investigación, recreación, producción científica y cultural etc., y específicamente todas aquellas instancias gubernamentales y no-gubernamentales interesadas en la oferta y la demanda educativa extra-escolar.
Los derechos de los jóvenes en las comunidades educativas deben ser ejercidos involucrando y tomando en cuenta las recomendaciones aportadas por la comunidad educativa ya que estas deben estar y están elaboradas involucrando conocimiento, razonamiento, subjetividad y siguiendo los lineamientos legalmente establecidos y consecuencia de ello es que en ejercicio de estos derechos las comunidades educativas deben Considerar los intereses de los alumnos y su posible adaptación de la red formativa. También debe existir Flexibilidad en los períodos de preinscripción y registro del alumnado y ordenar la agenda de actuaciones para la escolarización en ciclos formativos, al planteamiento de mejora de culminación del curso escolar y resolver todos los tramites emanados de la implantación normativa que se establezca. — debe haber garantía de igualdad de oportunidades en el acceso a la enseñanzas, entre otros derechos.
La comunidad educativa al momento de elaborar las recomendaciones ya que estas deben estar y están elaboradas involucrando conocimiento, razonamiento, subjetividad y siguiendo los lineamientos legalmente establecidos.
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