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3 funciones del fondo vial de Honduras
Respuestas a la pregunta
REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO VIAL"
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que es necesario regular las funciones y atribuciones del Fondo Vial, aprobado mediante Decretos Legislativos 131-93 y 286-98, en adelante denominados "Ley del Fondo Vial", para que de acuerdo a su estructura organizacional y administrativa, pueda ejecutar el Plan Anual de Mantenimiento y Rehabilitación Vial.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a los Artículos 9 y 27 de la Ley del Fondo Vial deberá presentarse al Presidente de la República por intermedio del Secretario de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda, SOPTRAVI, los reglamentos necesarios para la ejecución de esta Ley, en un plazo comprendido dentro de los 45 días siguientes a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
CONSIDERANDO: Que se establece el Mantenimiento Vial como un servicio público y actividad prioritaria y de interés nacional.
POR TANTO,
ACUERDA
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO VIAL
CAPÍTULO I
DEFINICIONES
Artículo 1: Para efecto de este reglamento, los términos siguientes tendrán los significados que a continuación se expresan:
LEY DEL FONDO VIAL: Decretos Legislativos 131-93 y 286-98
FONDO VIAL: Entidad desconcentrada de la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), de duración indefinida, de interés público y dentro de los límites de esta Ley, con independencia administrativa, técnica y financiera, que tiene como objetivo primordial el asegurar el sostenimiento financiero y la ejecución continuada del servicio de mantenimiento de la red vial oficial de la República de Honduras.
MANTENIMIENTO VIAL: Amplio conjunto de actividades, adecuadas y oportunas,
Espero q te sirva ❤️