Ciencias Sociales, pregunta formulada por panshitoOwOchocolate, hace 16 horas

ayuda :'v necesito un párrafo tiene que tener (inicio nudo y final.) doy coronita y corazón (gracias)

Por Antonio Sanguino Páez, Analista político, director Corporación Nuevo Arco Iris
La dejación definitiva de las armas por parte de las guerrillas desmovilizadas, para asumir el ejercicio de la actividad política, fue el éxito de los procesos de paz de los 90 que resultaron del reconocimiento de la naturaleza política de la insubordinación armada, por parte del Estado y la Sociedad. Los beneficios de reinserción económica y social fueron complementarios.
Las negociaciones de paz en la década de los noventa tuvieron el firme propósito de garantizar la transformación de las guerrillas en actores políticos civiles. Esta naturaleza política tuvo implicaciones en el tratamiento jurídico a las organizaciones desmovilizadas y sus miembros.
El consenso social respecto de la naturaleza política de la rebelión armada se expresó en el reconocimiento jurídico del "delito político" y sus conexos, que viabilizó la aplicación de beneficios como la amnistía y el indulto. Ello, porque la diferenciación entre actividades políticas armadas y acciones puramente delincuenciales era clara.
El contexto internacional también propició un tratamiento político a las guerrillas que se decidieron por la paz. La rebelión era reconocida universalmente como un derecho de los pueblos ante circunstancias de especial injusticia y el tratamiento benigno a delitos asociados a ella, como la toma de rehenes o el secuestro, gozaba de suficiente legitimidad política nacional e internacional.
Con todo, para ese momento aparecieron restricciones en la aplicación de las favorabilidades jurídicas; Primero, los considerados como "delitos atroces" y luego, el "homicidio fuera de combate" y el "secuestro", tipificados en la legislación penal colombiana, quedaron por fuera del alcance de tales beneficios.
Estas consideraciones guiaron la acción del Estado y la Sociedad en la búsqueda de la paz por vías negociadas y orientaron la formulación de las políticas de paz y reinserción de los últimos gobiernos. El requisito de "estatus" o "reconocimiento político" previsto en la ley 418 de 1997 que el Gobierno debía otorgar para iniciar un proceso de diálogo y negociación con algún grupo armado daba cuenta de unos "mínimos" aceptados socialmente, que a su vez constituían unas exigencias éticas para quienes quisieran ser tratados como "rebeldes". Mucho antes, incluso los procesos de desmovilización y reinserción individual fueron normados bajo el mismo criterio.
Pero esta restricción ética y estos mínimos aceptados socialmente fueron borrados en la discusión y aprobación de la nueva ley de orden público, la 782 de 2002, que pretendiendo teóricamente responder a las "nuevas circunstancias del conflicto armado", pero en la práctica buscando un marco legal que justificara las inmediatamente futuras negociaciones con diversos grupos de autodefensa o paramilitares, consideró innecesaria la declaratoria de "estatus político" y eliminó el "delito político". Más aún, nivelando por lo bajo a guerrillas y paramilitares, produjo la definición de "Actor Armado Ilegal" como aquel que "bajo la dirección de un mando responsable, ejerza sobre una parte del territorio un control tal que le permita realizar operaciones militares sostenidas y concentradas."

Respuestas a la pregunta

Contestado por mimippq
4

respuesta:

inició,nudo y final

Adjuntos:

mimippq: escuchar musica
mimippq: sip
mimippq: por ti,umibe no etragen
mimippq: tú?
Otras preguntas