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Buscar el artículo 92 bis de la ley 20744 y copiarlo
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Contestado por
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Respuesta:Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.
Explicación:
de nada
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