Ciencias Sociales, pregunta formulada por Usuario anónimo, hace 11 meses

¡¡¡Ayuda!!!Doy corona

si no sabes la respuesta xfavor no respondas

Explica con tus palabras el artículo 68 de la Constitución Política de Colombia.​


titi1983: ok.

Respuestas a la pregunta

Contestado por titi1983
4

Respuesta:

Artículo 68. Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La ley establecerá las condiciones para su creación y gestión. ... La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.

Explicación:

esos


gonzalorios321: ty
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