Atributos de la personalidad: nombre, domicilio, estado civil concepto.
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El nombre son el conjunto de las palabras que sirven para distinguir legalmente a una persona de las demás. El estado civil es la calidad o posición permanente que un individuo ocupa en la sociedad, en orden a sus relaciones de familia, en cuanto le confiere o impone determinados derechos, deberes y obligaciones civiles. El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella.
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