Derecho , pregunta formulada por koora34, hace 2 meses

artículos que hacen referencia al equilibrio de poder ​

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Contestado por adriana1986melo
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Respuesta:

En efecto, en el artículo primero de la Constitución Política de 1991 se establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, modelo que surge como una mixtura entre las características económicas del Estado Social y la prevalencia por la ley del Estado de Derecho, lo que no es más que la incorporación y aceptación de una serie de principios y valores que en todo caso, tienen como finalidad principal el respeto a la ley.

Dentro de las características principales de un Estado de Derecho está la separación de poderes, considerada como condición indispensable para garantizar el imperio de la ley, separación en virtud de la cual, los órganos del Estado deben limitarse y frenarse entre sí para con esto precaver la concentración de poder en un solo órgano, sea cual sea el régimen adoptado por cada estado, para nuestro caso el presidencial.

La estructura del Estado colombiano se basa en la división tripartita de poderes, en la cual la rama legislativa es la encargada de reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración, juzga excepcionalmente a los altos funcionarios del estado por responsabilidad política, elige al Contralor, Procurador, Magistrados de la Corte Constitucional, entre otros, la rama ejecutiva, quien tiene como principal función ejercer la dirección política del estado, y la rama Judicial que administra Justicia en nombre del estado.

Sin embargo, dadas las características del régimen presidencial adoptado por Colombia, es obvio y natural que exista una preponderancia de la rama ejecutiva sobre las otras ramas, por lo que la separación de poderes debe ser más clara y profunda, distribuyendo, definiendo, limitando y controlando el poder. Ahora bien, en las últimas semanas el gobierno nacional anunció un proyecto de reforma constitucional, el cual ya fue radicado en el Congreso, y será abordado esta semana, para su respectivo estudio, por la Comisión Primera del Senado. Dicha reforma tiene como finalidad, según ha dicho el gobierno, restablecer el equilibrio de los poderes perdido por cuenta de anteriores reformas, como aquella que permitió la reelección del Presidente del República.

La reforma propuesta plantea modificaciones que en vez de equilibrar los poderes, los desequilibra aún más, toda vez que le otorga mayores facultades al ejecutivo, y si i bien la misma tiene como principal objetivo eliminar la reelección presidencial inmediata, se le han colgado otros temas estructurales que buscan una reforma política y una reforma a la justicia. Dentro de los aspectos más relevantes de la reforma propuesta encontramos la eliminación de la figura de la reelección presidencial, el reemplazo de las funciones de la Comisión de Acusaciones con la creación de un tribunal de aforados que tenga como función investigar a los magistrados de las altas cortes, al fiscal general, al contralor y al procurador. Dicho tribunal de aforados estaría integrado por siete jueces con calidades de magistrados que serán elegidos por el Senado.

En lo que tiene que ver con la

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