Historia, pregunta formulada por selee123garcia, hace 1 año

artículo numero 5 de la constitución Argentina​

Respuestas a la pregunta

Contestado por DiegoOFiciAl
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Art. 5 - Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria.

de nada xx

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