artículo de matrimonio de la Constitución de 1837
porfavor
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Se me ha confiado el encargo -muy honroso y grato para mí- de
hablar sobre el matrimonio en este ciclo conmemorativo del centenario de
nuestro Código Civil.
Si siempre es aconsejable definir y precisar aquello de que se quiere
tratar en un discurso, 10 es particularmente en esta ocasión, pues debo
cumplir -claro está- el encargo recibido dentro de los límites de tiempo
propios de una conferencia.
Esto me obliga a determinar la temática que me propongo tratar y a
desarrollarla -dada su complejidad y riqueza de matices- de acuerdo con
un esquema necesariamente simplificador. Simplificador, sí; pero no
quisiera que fuera, por eso, superficial.
Me corresponde hablar del matrimonio en el Código de 1889.
Pero, ¿de qué matrimonio? ¿Del matrimonio que llamamos infieri, o
del matrimonio in lacto esse?
y si tratara del matrimonio infieri, ¿debería limitarme a considerar la
temática de los sistemas matrimoniales?
Debo disertar sobre el matrimonio en el Código de 1889: ¿De su
génesis, con un iter paralelo a la génesis del Código?; ¿o mejor, del
matrimonio en sus avatares, a partir del Código y sin salir de él?
Enseguida daré respuesta a las preguntas que acabo de formular.
Pero antes debo manifestar que sé muy bien quiénes me escucha
Explicación: