Historia, pregunta formulada por yolandaaidebritoslei, hace 10 meses

artículo de la Constitución nacional que establece ​

Adjuntos:

Respuestas a la pregunta

Contestado por ALLISONCARRASCO2609
3

Respuesta:

Artículo 16 Constitucional

Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.


castillomiguel72: anadie
Otras preguntas