Ciencias Sociales, pregunta formulada por juanes29, hace 1 año

articulo 78 de la constitucion politica de colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por Karsele
6
La ley regulara el control de la calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados de la comunidad , asi como la informacion que debe suministrarse al publico de su comercializacion .Seran responsables de acuerdo a la ley , quienes en la produccion y en la comercialisacion de bienes y servicios aten contra la salud , la seguridad y el adecuado provisionamiento a consumidores y usuarios en el estudio de dispocisiones que les conciernen . Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democraticos internos
ESPERO QUE TE SIRVA !!!

juanes29: si puedes
Karsele: COMO?
juanes29: el articulo 79
Karsele: el articulo 79 tambien????
juanes29: si y el 80 81 82 si puedes claro
Karsele: el 79 y el ochenta nada mas va?
juanes29: ok
Karsele: Articulo 79 Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.La ley garantizara la participacion de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
juanes29: gracias por ti ganare sociales te agradesco
Karsele: denada
Contestado por iris1994
7

ARTICULO  79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

ARTICULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.

ARTICULO 81. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos.

El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.

ARTICULO 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.

Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común.

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