Historia, pregunta formulada por michelín2003, hace 1 año

artículo 57 de la constitución del Ecuador una propuesta

Respuestas a la pregunta

Contestado por noeliamartinez
3
El art. 57 de la Constitución le está pasando factura al gobierno y a la asamblea gobiernista y la respuesta de éstos es bastante subestándar con respecto a lo que el derecho de los derechos humanos, los instrumentos internacionales y la Constitución misma ordenan.

Contestado por FernandaPozo19
2

Respuesta:

ART 57. Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos

y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los

pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de

derechos humanos

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