Derecho , pregunta formulada por velasquezb043, hace 6 meses

Artículo 55 de la ley del ejercicio como se aplica en RR.HH?


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Contestado por Usuario anónimo
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Respuesta:

Artículo 55 de la ley del ejercicio como se aplica en RR.HH?

Explicación:

Art. 55.- Remuneración por horas

suplementarias y extraordinarias.- Por

convenio escrito entre las partes, la jornada de

trabajo podrá exceder del límite fijado en los artículos 47 y 49 de este Código, siempre que

se proceda con autorización del inspector de

trabajo y se observen las siguientes

prescripciones:

1. Las horas suplementarias no podrán

exceder de cuatro en un día, ni de doce en la

semana;

2. Si tuvieren lugar durante el día o hasta las

24H00, el empleador pagará la remuneración

correspondiente a cada una de las horas

suplementarias con más un cincuenta por

ciento de recargo. Si dichas horas estuvieren

comprendidas entre las 24H00 y las 06H00, el

trabajador tendrá derecho a un ciento por

ciento de recargo. Para calcularlo se tomará

como base la remuneración que corresponda

a la hora de trabajo diurno;

3. En el trabajo a destajo se tomarán en

cuenta para el recargo de la remuneración las

unidades de obra ejecutadas durante las horas

excedentes de las ocho obligatorias; en tal

caso, se aumentará la remuneración

correspondiente a cada unidad en un

cincuenta por ciento o en un ciento por ciento,

respectivamente, de acuerdo con la regla

anterior. Para calcular este recargo, se tomará

como base el valor de la unidad de la obra

realizada durante el trabajo diurno; y,

4. El trabajo que se ejecutare el sábado o el

domingo deberá ser pagado con el ciento por

ciento de recargo.

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