Ciencias Sociales, pregunta formulada por lucerofernandez466, hace 1 mes

Artículo 44dela Constitución dela república de Guatemala​

Respuestas a la pregunta

Contestado por genesismelissa77
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Explicación:

ARTICULO 44. Derechos inherentes a la persona humana. Los derechos y garantías que otorga la Constitución no excluyen otros que, aunque no figuren expresamente en ella, son inherentes a la persona humana.

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