artículo 40 de la constitución nacional de Colombia xd
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Articulo 40 de la constitucion de colombia
Explicación:
ARTÍCULO 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. ... Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.
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