Artículo 39 de la Constitución del Ecuador 2008
Respuestas a la pregunta
Respuesta:Art. 39.- El Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y
promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas,
instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente
su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los
espacios del poder público.
El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos
del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda,
recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El
Estado fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y
dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer
empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento.
Respuesta:Art. 39.- Se propugnarán la maternidad y paternidad responsables. El Estado garantizará el
derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que puedan procrear, adoptar, mantener
y educar. Será obligación del Estado informar, educar y proveer los medios que coadyuven al
ejercicio de este derecho.
Se reconocerá el patrimonio familiar inembargable en la cuantía y condiciones que establezca la ley,
y con las limitaciones de ésta. Se garantizarán los derechos de testar y de heredar
Explicación: