articulo 35 del codigo de comercio
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Podrán llevarse mayores particulares por oficinas, segmentos de actividad o cualquier otra clasificación, pero en todos los casos deberá existir un mayor general en que se concentren todas las operaciones de la entidad.
Respuesta:
Abstención de matricular sociedades con nombres ya inscritos
Las cámaras de comercio se abstendrán de matricular a un comerciante o establecimiento de comercio con el mismo nombre de otro ya inscrito, mientras éste no sea cancelado por orden de autoridad competente o a solicitud de quién haya obtenido la matrícula.
En los casos de homónima de personas naturales podrá hacerse la inscripción siempre que con el nombre utilice algún distintivo para evitar la confusión. (Colombia)
Auxilio contable "Los comerciantes deberán llevar sus libros de contabilidad con la intervención de contadores titulados públicos o mercantiles."( Perú)