Historia, pregunta formulada por darcoyaretzi, hace 1 año

articulo 27 de la constitucion mexicana

Respuestas a la pregunta

Contestado por kevinelpro78942
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Respuesta: Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

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