Geografía, pregunta formulada por raquelkaha529, hace 1 año

artículo 20 de la constitución política de los estados unidos mexicanos

Respuestas a la pregunta

Contestado por larapardo721
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Respuesta:

artículo 20. Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes.

Explicación:

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